Fray Luis de León eBook

James Fitzmaurice-Kelly
This eBook from the Gutenberg Project consists of approximately 168 pages of information about Fray Luis de León.

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[Footnote 134:  Documentos ineditos, vol.  XI, p. 21.]

[Footnote 135:  Documentos ineditos, vol.  XI, p. 22.]

[Footnote 136:  Documentos ineditos, vol.  XI, pp. 316-318, 325.]

[Footnote 137:  Documentos ineditos, vol.  XI, p. 317.]

[Footnote 138:  Documentos ineditos, vol.  XI, pp. 29-30.]

[Footnote 139:  Documentos ineditos, vol.  XI, pp. 30-35.]

[Footnote 140:  Documentos ineditos, vol.  XI, p. 35.  Luis de Leon had applied for a special hearing:  ’...para suplicar a sus mercedes que ninguno de sus papeles se de al maestro Mancio para que los lleve a su casa por el peligro que hay de poderlos ver frailes suyos, a los cuales tiene tachados...’]

[Footnote 141:  Documentos ineditos, vol.  XI, pp. 35-36.]

[Footnote 142:  Documentos ineditos, vol.  XI, p. 36.]

[Footnote 143:  Documentos ineditos, vol.  XI, p. 37.  The instructions of the Supreme Inquisition to the Valladolid judges were as follows:  ’En lo que escrebis quel maestro fray Luis de Leon ha recusado al maestro Mancio, que le habia nombrado por patrono, y pedido traslado de lo que dejo escripto en su negocio; consultado con el Reverendisimo Senor Inquisidor general, ha parecido aviseis, Senores, al dicho maestro Mancio que no vuelva ahi hasta que otra cosa se le ordene, y proseguireis en la causa del dicho fray Luis de Leon sin embargo de la dicha recusacion, y sin darle copia de lo quel dicho maestro Mancio dejo anotado en el; y ponerse ha la dicha nota en el proceso signado y autorizado de uno de los notarios del Secreto, para que dello conste.  Guarde nuestro Senor vuestras muy Reverendas personas.’  This letter was signed in Madrid on November 4, 1574.]

[Footnote 144:  Documentos ineditos, vol.  XI, pp. 41-42:  ’Digo que yo nombre por mi patron al maestro Mancio catredatico de prima de teulugia en Salamanca, el cual habiendo comenzado a ver mi negocio se ha ausentado a leer su catreda, y porque pudiendo facilmente dar su parecer se ha hecho vehementisimamente sospechoso que es participe y companero en la maldad que contra mi ha intentado fray Bartolome de Medina, fraile de su orden y casa, porque conforme a derecho no carece de sociedad oculta el que deja de obrar a tan manifiesta malicia; y siendo obligado a defenderme por el juramento que se le tomo y por haber empezado el negocio, en desampararme cometio grandisimo pecado, porque conforme a derecho tambien es falso testigo el que deja de decir verdad cuando es obligado a la decir, como el que dice falso testimonio.  Y la causa de ir a leer su catreda no le escusa, porque mi defensa se habia de hacer en muy pocos dias, y estando el impedido por Vs.  Mds. ni habia de perder la catreda ni multarle en ella, ni los estudiantes recibian detrimento considerable, porque en las catredas de propriedad se asignan lecturas que no las acaban, y el sostituto podia leer de lo del cabo de la asignatura si el queria leer del principio como lo hacen los catredaticos de propiedad que al principio de Sant Lucas estan impedidos.’]

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