[Footnote 77: Documentos ineditos, vol. XI, p. 197. In a letter which reached Madrid on November 21, 1575, Luis de Leon wrote as follows to the Inquisitor-General: ’Por lo cual y atento... a lo mucho que ha que estoy preso, y a mis pasiones y flaquezas, en caso que pareciere ser conveniente que la sentencia deste pleito se dilate; suplico a V.S. Illma. por Jesucristo sea servido, dando yo fianzas suficientes, mandarme poner en un monasterio de los que hay en esta villa, aunque sea en S. Pablo, en la forma que V.S. Illma. fuese servido ordenar, hasta la sentencia deste negocio, para que si en este tiempo el Senor me llamare, lo cual debo temer por el mucho trabajo que paso y por mis pocas fuerzas, muera como cristiano entre personas religiosas, ayudado de sus oraciones, y recebiendo los sacramentos, y no como infiel solo en una carcel y con un moro a la cabecera.’]
[Footnote 78: Documentos ineditos, vol. XI, p. 194: ’Tambien se consulto a su Senoria Reverendisima lo que escribis cerca de la indispusicion del maestro fray Luis de Leon y la necesidad que tiene de servicio, el cual pide que en el monesterio de Sant Augustin de Salamanca o en el de esta villa se pida un fraile que este con el, y ha parescido que asi se haga; pero advierteseos que el fraile que se le hubiere de dar no ha de salir de la compania del dicho fray Luis hasta que se acabe su causa, y ansi sera bien se le avise al que hubiere de ser antes que entre en las carceles.’]
[Footnote 79: Documentos ineditos, vol. XI, pp. 50-51: ’...ha tres anos que estoy preso, y todo este tiempo he estado sin el uso de los sacramentos con detrimento de mi anima, y sin causa que conforme a derecho obligase a Vs. Mds. a privarme dellos,... Por lo cual pido y suplico a Vs. Mds., y si menester es les encargo las conciencias, pues que no son servidos de pronunciar lo que en este mi negocio tienen difinido, y lo dilatan por concluir primero otros procesos que no me tocan, o por los respectos que a Vs. Mds. parece y me tienen preso; alomenos no me priven de este bien, sino que me den licencia para confesarme con quien Vs. Mds. senalaren, y para decir misa en esta sala siquiera de quince en quince dias, en lo cual Vs. Mds. haran gran servicio a Dios, y a mi daran grandisimo consuelo.’ This is from a document which was handed in by Luis de Leon at Valladolid on March 12, 1575. An order was made that this document should be forwarded to the Supreme Inquisition. I have failed to trace any further reference to it.]
[Footnote 80: They may have thought that, owing to his unacquaintance with legal procedure, Luis de Leon was wasting the time of the court; at any rate, as early as May 6, 1572, Dr. Ortiz de Funes was appointed counsel to the prisoner (Documentos ineditos, vol. X, p. 217). No saving of time was wrought by this change.]
[Footnote 81: Documentos ineditos, vol. X, p. 220: ’...yo tengo flaca memoria, y despues que estoy en la carcel he perdido gran parte della,...’]